Guía · Comprobado contra las normas publicadas
¿De quién es el dominio de tu web?
Suele salir a la luz en el peor momento: quieres cambiar de proveedor, o el que te hizo la web ha dejado de contestar, y descubres que la dirección por la que te encuentran tus clientes no está a tu nombre.
La comprobación tarda dos minutos y la puedes hacer ahora. Y si la respuesta no te gusta, lo que hay escrito en las reglas del registro dice bastante más de lo que suele contarse por ahí.
Primero, míralo
Existe una consulta pública y gratuita, el whois, que devuelve a nombre de quién está registrado un dominio, qué proveedor lo gestiona y las fechas de alta y de renovación. La ofrecen todos los registradores y también el registro de los dominios españoles.
Para un dominio español, en dominios.es , que es el registro oficial. Para un .com vale el whois de cualquier registrador.
Si prefieres el terminal: whois tudominio.es
Mira dos campos. Ni uno más: el titular y la fecha de caducidad. El primero dice de quién es. El segundo dice cuánto te queda si nadie renueva.
Que los datos salgan ocultos por privacidad es legítimo y bastante común, sobre todo si eres particular. En ese caso la vía es pedir por escrito que te confirmen el titular, y contrastarlo con la factura de quien te cobró el registro.
Los dos trámites que casi todo el mundo confunde
Aquí está el origen de casi todos los líos, y tiene nombres distintos porque son trámites distintos. Uno cambia de quién es el dominio. El otro cambia quién se ocupa de gestionarlo.
De quién es
Transmisión
Cambia el titular. En los dominios .es puede pedirla el agente registrador que lo gestiona, el titular, o quien figure como contacto administrativo.
Hace falta que el titular anterior lo apruebe y que el nuevo acepte las condiciones. Ambas se comunican al registro antes de que cambien los datos.
Esto es lo que decide si el dominio es tuyo.Quién lo gestiona
Transferencia
Cambia el agente registrador, o sea la empresa que lo tiene registrado. Se pide al agente nuevo, que es quien la manda al registro, y la aprueba quien conste como administrador del dominio.
Y hay una tercera salida que casi nadie cuenta: desde el panel de dominios.es puedes rechazar a tu agente y pasar a gestionar el dominio directamente con el registro.
Esto solo cambia dónde está, no de quién es.Se puede mover un dominio de proveedor sin que cambie de dueño, y se puede cambiar de dueño dejándolo donde está. Cuando alguien te dice «te lo paso» sin decir cuál de los dos va a hacer, conviene preguntarlo.
Los dos procedimientos y quién puede iniciarlos están en la web del registro de dominios españoles, consultada el 4 de septiembre de 2026.
Y lo que dice la norma cuando no te lo quieren soltar
Si tu dominio acaba en .com, .net o cualquier otra terminación genérica, se rige por la política de transferencias de la ICANN, que está publicada. Hay dos apartados que conviene conocer, porque responden justo a la situación incómoda.
Una deuda no es motivo para retenerte el dominio
El registrador no debe negarse a quitar el bloqueo ni a entregarte el código de autorización solo porque haya una disputa de pago contigo.
Una deuda se reclama por su cuenta, y no reteniendo la dirección por la que te encuentran tus clientes.
Política de Transferencia de la ICANN, apartado 5.4.Y tiene cinco días para dártelo
Cuando pides el código de autorización, el registrador tiene un plazo de cinco días naturales desde tu primera petición para entregártelo y quitar el bloqueo, si no te ofrece una forma de generarlo tú mismo desde su panel.
Ese código es la llave del traslado, y suele llamarse AuthInfo o EPP. Pídelo por ese nombre y por escrito.
Política de Transferencia de la ICANN, apartado 5.2.El detalle que ahorra dos meses
La propia política avisa de algo que casi nadie cuenta y que cambia el orden de los pasos: si vas a mover el dominio a otro proveedor Y además vas a cambiar el titular, conviene hacer primero el traslado y después el cambio de nombre. Al revés se activa un bloqueo de sesenta días que impide moverlo.
Con los dominios .es el reparto es distinto y no aplica ese bloqueo de la ICANN, pero la idea de preguntar el orden antes de empezar sirve igual.
Los tres puntos salen de la Política de Transferencia de la ICANN, consultada el 4 de septiembre de 2026.
Qué hacer, en orden
Del paso que menos ruido hace al que más, porque casi siempre se resuelve en el primero o el segundo.
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Mira el whois y guarda una captura
Antes de escribirle a nadie, ten delante el dato: el titular y la fecha de renovación. Guarda la captura con su fecha, porque los datos de registro pueden cambiar mientras hablas.
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Pídelo por escrito y sin dramatizar
Un mensaje corto: quieres que el dominio conste a nombre de tu negocio, y preguntas qué necesita para hacerlo. La mayoría de las veces no hay mala fe, sino que se registró así por comodidad hace años y nadie lo revisó.
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Si es un .com, pide el código de autorización por su nombre
Escribe «solicito el código AuthInfo y que retiréis el bloqueo de transferencia», y cita el plazo. Nombrar el trámite correcto cambia la conversación: deja de ser un favor y pasa a ser un procedimiento.
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Si es un .es, entra tú en el panel del registro
Si figuras como titular o como administrador, puedes iniciar los trámites por tu cuenta con tu identificador. Y desde ahí mismo cabe prescindir del agente y llevarlo directamente con el registro.
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Y mientras tanto, no dejes que caduque
Es el error que convierte un problema molesto en uno grave. Un dominio que caduca queda libre y lo puede registrar cualquiera, y a partir de ahí ya no hay trámite que valga.
Renuévalo aunque la discusión siga abierta. Pagar un año de más sale muchísimo más barato que perder la dirección.
Lo que esta página no es: asesoría legal. Cuento lo que dicen dos normas publicadas y dónde leerlas, porque saber que existen ya cambia una conversación. Un conflicto de verdad, con dinero o con un contrato de por medio, lo lleva un abogado.
Y una cosa que no depende de la norma: si el que te hizo la web se ha ido sin dejar rastro, el camino no es el trámite, es tu proveedor de alojamiento y el registro, que son quienes tienen los datos.
¿Quieres que mire a nombre de quién está el tuyo?
Dime la dirección y te digo lo que sale: el titular, el proveedor y la fecha de renovación. Tarda dos minutos, no cuesta nada y no hace falta que contrates nada después.